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Judicial · Análisis · 15 may 2026

La casación de Cadena enfrenta el filtro estrecho de la Corte Suprema

El abogado interpuso recurso ante la tercera instancia tras perder en apelación. La estrategia judicial debe demostrar error de derecho, no solo discrepancia en la valoración de prueba.

La casación de Cadena enfrenta el filtro estrecho de la Corte Suprema — Judicial, ilustración editorial

La defensa del abogado Diego Cadena acaba de radicar recurso de casación ante la Corte Suprema de Justicia contra la sentencia de segunda instancia que lo condenó a 8 años y 8 meses de prisión. Según confirmó a Caracol Radio el abogado Iván Cancino, la demanda fue presentada ante el Tribunal Superior de Bogotá, que verificará requisitos de forma antes de remitirla a la Corte Suprema. Es un movimiento procesal esperado, pero que expone las limitaciones reales de las opciones disponibles para la defensa.

Cancino ha sostenido públicamente que existen al menos diez errores en el fallo de segunda instancia que serán materia de análisis en casación. Esa afirmación merece escrutinio jurídico riguroso, porque la casación no es una segunda apelación.

La trayectoria procesal es documentada. En septiembre de 2025, un juez de primera instancia condenó a Cadena a 7 años por el episodio de Juan Guillermo Monsalve. En esa misma sentencia, lo absolvió del episodio relacionado con el exparamilitar Carlos Enrique Vélez, alias Víctor, aplicando el principio in dubio pro reo. Tres meses después, en marzo de 2026, la Sala Penal del Tribunal Superior revocó esa absolución. Según el fallo de segunda instancia, la Sala Penal lo condenó por ambos episodios, aumentando la pena a 8 años y 8 meses. La misma decisión revocó parcialmente la sentencia de primera instancia e impuso 86.61 meses de inhabilitación para ejercer derechos y funciones públicas.

Aquí está el nudo: la Corte Suprema, en casación, no revisa hechos. Revisa si hubo error de derecho sustancial o adjetivo, interpretación errónea de normas o aplicación indebida de jurisprudencia. El tribunal de segunda instancia no inventó cargos. Simplemente revaluó la prueba sobre el episodio de Víctor, un exparamilitar que fue condenado por falso testimonio. Cuando un tribunal de apelación cambia la valoración probatoria dentro de su marco de competencia, está ejerciendo facultades legítimas. No es error de derecho; es ejercicio de jurisdicción.

La diferencia es crucial. Cambiar el criterio sobre si hubo o no soborno en un episodio específico, cuando existen indicios de que el exparamilitar fue condenado por mentir, no constituye violación de ley. Es reinterpretación de contexto fáctico. Para que la casación prospere, la defensa debe demostrar que la Sala Penal aplicó mal una norma, no que interpretó los hechos de forma distinta a como lo hizo el juez de primera instancia.

Hay un factor adicional que complica la estrategia: la Corte Suprema ya conoce este caso. Ha leído las sentencias de primera y segunda instancia. Ha revisado el fallo revocatorio de 43 páginas. Sabe que Cadena fue condenado en primera instancia por Monsalve, que fue absuelto por Víctor, y que la apelación revocó esa absolución. La novedad que pueda aportar la casación debe ser estrictamente jurídica, no fáctica. La Corte Suprema recibe miles de solicitudes y acepta una fracción. El filtro es estrecho por diseño.

Lo que Cancino presenta como diez errores probablemente sean discrepancias interpretativas sobre cómo se debió valorar la prueba. Eso es legítimo en derecho, pero no es materia de casación. La casación existe para corregir desviaciones en la aplicación de la ley, no para resolver desacuerdos sobre qué hechos se probaron.

Hay un elemento que no debe pasarse por alto: la inhabilitación. La Sala Penal impuso 86.61 meses de inhabilitación para ejercer derechos y funciones públicas. Para un abogado, esto equivale a una muerte civil profesional. Incluso si la casación prospera parcialmente en la pena de prisión, la inhabilitación probablemente se mantenga. Es el costo real de esta condena, independientemente de cuántos años de cárcel finalmente cumpla.

La estrategia de Cadena no es irracional. Toda defensa tiene derecho a agotar recursos. Pero la realidad procesal es que la casación es un mecanismo de corrección de derecho, no de revisión de hechos. En este caso, lo que la defensa cuestiona es principalmente cómo el tribunal de apelación interpretó la prueba sobre Víctor, no si la ley fue aplicada incorrectamente.

La Corte Suprema decidirá en los próximos meses si da trámite a la demanda. Mientras tanto, Cadena permanece en prisión domiciliaria. El sistema funciona como está diseñado: primera instancia condena, apelación revoca y agrava, casación revisa derecho. Que la defensa tenga argumentos para presentar es correcto. Que prosperen es otra cosa.

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Columnista de La Bitácora

Catalina Restrepo Mejía

38 años, Medellín. Egresada de Ciencia Política de EAFIT con maestría en Periodismo de los Andes. 15 años cubriendo contratación pública y política regional.

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